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Catálogo de árboles singulares del municipio de Polanco

Catálogo de árboles singulares del municipio de Polanco

Autores

DIRECTOR DEL PROYECTO Jesús García Díaz

Naturalista y divulgador, nacido en Torrelavega (1959), sus inicios en el conocimiento de la vida silvestre coincidieron con su participación como cooperador durante el rodaje de varios capítulos de la producción de TVE El Hombre y la Tierra, en su serie ibérica. Es autor de varias publicaciones y libros sobre la naturaleza de Cantabria, entre ellos la Guía del Parque Natural Saja-Besaya, colaborador de programas de radio sobre esta temática y coordinador del proyecto de restauración natural Tremeo 2002, que se desarrolla en la localidad polanquina de Rumoroso. También participa, en su condición de miembro de la Sociedad Española para la Conservación y el Estudio de los Mamíferos (SECEM) de los trabajos de elaboración del Atlas de Vertebrados de España.

 

ADMINISTRATIVO Y AUXILIAR DE CAMPO Consuelo Ruisánchez Chamorro

Nacida y avecindada en Rinconeda (1966), es técnico administrativo y ha trabajado en las más diversas actividades, pero de gran afición desde hace años hacia el mundo natural y vegetal en especial, siendo una gran conocedora de la flora del término municipal de Polanco. En la actualidad forma parte del equipo del proyecto de restauración natural Tremeo 2002, en tareas de auxiliar.

 

AUXILIAR DE CAMPO José Miguel Martínez González

Nacido en Torrelavega (1978), aunque de familia de Requejada, acumula pese a su juventud una trayectoria de varios años de monitor de actividades de ocio y tiempo libre, fundamentalmente en colonias y campamentos de naturaleza. Igualmente forma parte del equipo del proyecto de restauración natural Tremeo 2002, realizando todo tipo de tareas de operario.

 

AGRADECIMIENTOS

Al alcalde de Polanco, Miguel Ángel Rodríguez Saiz, y a su concejal de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, José Ignacio Telechea Mesones, por el entusiasmo mostrado antes, durante y después de la realización de este catálogo. A los propietarios de terrenos y vecinos de todos los rincones del municipio, por la estima y facilidades mostradas para llevar a cabo los trabajos de catalogación.

Normativa

PREÁMBULO

La Ley de Cantabria 6/1984, de 29 de octubre, sobre Protección y Fomento de las Especies Forestales Autóctonas, supone el primer antecedente del desarrollo legislativo que en Cantabria ha venido produciéndose como consecuencia de la constante preocupación que las Administraciones han venido mostrando por el patrimonio forestal y arbóreo. Es desde este preciso instante y merced a sus contenidos cuando se insta a los Servicios de Montes de la Consejería de Ganadería y Agricultura la elaboración de un primer inventario de árboles singulares de la Región, con el fin de procurarles la debida protección.

Estas medidas de protección serían desarrolladas con ocasión del Decreto 82/1985, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el correspondiente Reglamento de la Ley anterior y se incorpora al cuerpo legislativo regional la oportuna regulación de las restricciones y prohibiciones, así como el correspondiente régimen de indemnizaciones y sanciones.

Pero no es hasta la publicación de la Orden de 28 de mayo de 1986, de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca, por la que se aprueba el Inventario abierto de Árboles Singulares de Cantabria, cuando se inicia formalmente la catalogación de los ejemplares arbóreos más singulares para garantizar la aplicación de las medidas anteriormente legisladas en nuestra Comunidad.

Este inventariado no ha tenido, sin embargo, su correspondiente complementación con un proceso de catalogación de ejemplares a instancias municipales, pese a que es precisamente desde el Municipio desde donde se puede verificar con más concreción la existencia de árboles cuyas características los hagan susceptibles de medidas de protección, también, en el ámbito local y en el marco de las competencias que le están conferidas a los Ayuntamientos.

Por ello, y siguiendo una trayectoria de preservación de los valores materiales y naturales del término municipal de Polanco, ya iniciada con la creación de los catálogos contemplados en las Normas Urbanísticas, parece del todo oportuna la elaboración del Catálogo de Árboles Singulares del término de Polanco, como instrumento de protección municipal y soporte documental de las futuras incorporaciones al Inventario Abierto de Árboles Singulares de Cantabria.

ARTÍCULO 1.- DEL OBJETO DE LA PRESENTE CATALOGACIÓN

  • Pueden ser incluidos en el presente catálogo cuantos árboles se encuentren dentro de los límites del término municipal de Polanco, con independencia de su presencia en terrenos públicos o privados, siempre que se den en ellos las circunstancias que se refieren en el apartado c de este artículo.
  • Todos los árboles incluidos en el presente catálogo quedan sometidos a las medidas protectoras contempladas en la presente normativa, de aplicación a todo el ámbito municipal.
  • En el presente catálogo quedarán incluidos aquellos ejemplares arbóreos en los que concurran al menos una de las circunstancias siguientes:
    • Su tamaño resulte excepcional para la especie de la que se trate, bien considerando el grosor de su tronco, la altura del ejemplar o la dimensión de su copa.
    • Resulte excepcional la presencia espontánea del ejemplar en el lugar o de la especie, en condiciones naturales, dentro dell término de Polanco.
    • Tuviera una edad que, pudiendo ser más o menos determinada, lo acrediten como centenario o particularmente longevo para la especie de la que se trate.
    • Concurrieran en el ejemplar circunstancias históricas, culturales, etnográficas, paisajísticas o estéticas de singularidad.

 

ARTÍCULO 2.- DE LA FICHA DE REGISTRO

Todos los árboles inventariados en este Catálogo deberán describirse, para su perfecta identificación, en la ficha correspondiente, cuyo modelo se anexa a este articulado sus datos y contenidos se describen a continuación:

  • Nombre popular o conocido entre los habitantes (si tuviera) del ejemplar
  • Nombre científico (nomenclatura binomial universal) de la especie
  • Nombre vernáculo de la especie (en España, Cantabria y la localidad, si los tuviera)
  • Datos de singularidad (tamaño, altura, cuerda, edad estimada, etc.)
  • Localización exacta, descrita literalmente y apoyada en plano topográfico del lugar
  • Fotografía fechada del ejemplar

 

ARTÍCULO 3.- DEL RÉGIMEN DE PROHIBICIONES Y RESTRICCIONES

Los ejemplares inventariados en el presente catálogo quedan estrictamente protegidos, no pudiendo practicarse sobre los mismos ninguna alteración de su estructura o deterioro en cualquier parte de ella sin la correspondiente autorización municipal, que en todo caso deberá estar motivada en razones fitosanitarias, de seguridad para las personas y bienes o de declarado interés general, y siempre se efectuará bajo la supervisión y responsabilidad del Ayuntamiento de Polanco.

En ningún caso será autorizada la corta o eliminación de ninguno de los ejemplares arbóreos recogidos en el presente inventario. En los demás supuestos posibles mencionados en el párrafo anterior, sólo serán autorizables podas parciales, limpiezas de fustes y eliminaciones de vegetación parásita, epífita o trepadora de efectos negativos en el desarrollo del árbol. El Ayuntamiento de Polanco podrá aprobar un régimen sancionador aplicable ante los casos de infracción de esta regulación

 

ARTÍCULO 4.- DEL RÉGIMEN ABIERTO DEL PRESENTE INVENTARIO DE ÁRBOLES SINGULARES

El inventario de Árboles Singulares catalogados tiene carácter abierto y, en consecuencia, podrá ser ampliado en todo momento en los supuestos siguientes:

  • A instancias del propio Ayuntamiento, mediante la incorporación directa de las correspondientes fichas descriptivas debidamente cumplimentadas
  • A instancias de particulares, previa solicitud presentada en el registro municipal con la descripción detallada del ejemplar o ejemplares, que deberá ser en todo caso informada por la Comisión de Medio Ambiente
  • A solicitud de organizaciones, asociaciones, colectivos o cualesquiera otras entidades debidamente reconocidas cuya actividad se desarrolle en el ámbito de la ecología y el medio ambiente.

Queda facultado el Ayuntamiento para que la relación de todos los ejemplares registrados en el Catálogo de Árboles Singulares de Polanco pueda ser remitida a la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca del Gobierno de Cantabria (o el organismo que en su momento tuviera la competencia sobre ello), con el fin de solicitar su incorporación al Inventario abierto de Árboles Singulares de Cantabria.

Polanco, 30 de octubre de 2002

Para mayor comodidad ponemos a su disposición el catálogo completo en formato pdf.